Oposiciones administrativo en Cordoba
El Ayuntamiento de Montoro ( Córdoba) ha convocado seis plazas de Administrativo, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Subgrupo C1, mediante el sistema de oposición por turno libre.
6/18/20256 min read
¿Cuando termina el plazo de presentación de instancias?
El dia 26 de Junio de 2025, es el último día para apuntarse.
¿Cuáles son los requisitos de los aspirantes?
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
• Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar las personas a las que hace referencia el artículo 57.2 del TREBEP, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
• Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a la que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
• Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico (o equivalente), de acuerdo con la legislación vigente, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial.
• Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes sin que se establezcan exclusiones por limitaciones físicas o psíquicas, salvo en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, debiendo acreditar su capacidad para desempeñar la plaza, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 255/2021, de 30 de noviembre, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
• Haber abonado la correspondiente tasa según el subgrupo correspondiente, de conformidad con la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Derechos de examen del Ayuntamiento de Montoro (BOP nº 64, de 4-04-2018), vigente a la fecha de publicación de la convocatoria. Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalización del plazo para presentar las instancias y mantenerse durante todo el procedimiento selectivo.
¿ Y cual es el importe de la tasa por participar en el examen?
Según se recoge en las bases: "Resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden según la vigente ordenanza a 20,76 euros, cantidad que podrá ser abonada en la cuenta bancaria del Excmo Ayuntamiento de Montoro que a continuación se detalla: Caja Rural de Jaén ES73 3067 0154 7130 0357 2124"
Aunque hay algunas personas que estan exentas del pago de dicha tasa, según recoge su ordenanza, que son : "Las personas con un grado de discapacidad superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición".
¿ En que consiste el proceso de selección?
El sistema de selección será el de Oposición.
La puntuación máxima que se podrá alcanzar en el sistema de selección es de 10 puntos. El Proceso selectivo por el sistema de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios, ambos de carácter eliminatorio y obligatorio, uno teórico y otro práctico.
Primer ejercicio.- De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 80 preguntas basado en las materias que figuran en el Anexo III, teniendo en cuenta que la normativa será la vigente al tiempo de realización del mismo, con cuatro respuestas alternativas, de las que deberá marcar la más correcta, durante un periodo máximo de noventa minutos.
El ejercicio que se proponga contará con cinco preguntas de reserva, claramente identificadas como tales, las cuales sustituirán por su orden a las preguntas que en su caso pudieran ser objeto de anulación. Cada respuesta correcta tendrá un valor de (+0,125) puntos. Cada respuesta incorrecta restará (- 0,0416 ) puntos. Las preguntas dejadas en blanco no restarán puntuación alguna. Las dobles respuestas o las que no estén claras se considerarán erróneas. Esta prueba se valorará de 0 a 10 puntos. Será necesario haber obtenido una puntuación de al menos 5 puntos para entender superado el examen y poder realizar el segundo ejercicio, en caso contrario el candidato quedará excluido del proceso.
El tribunal publicará la plantilla correctora de los/as aspirantes en el Tablón de edictos del Ayuntamiento de Montoro alojado en https://sede.eprinsa.es/montoro, los/as aspirantes podrán formular alegaciones a la misma en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación.
Una vez finalizado el plazo de presentación de alegaciones, o en ausencias de las mismas, el Tribunal resolverá, y publicará la resolución de estas alegaciones junto con el listado definitivo de aprobados del primer ejercicio, así como la convocatoria del segundo ejercicio en el Tablón de edictos del Ayuntamiento. Se entenderán desestimadas todas las alegaciones no incluidas en la citada publicación.
Las personas aspirantes que obtengan en este ejercicio una puntuación igual o superior al 80 % de la puntuación máxima prevista quedarán exentas de su realización en la convocatoria inmediatamente siguiente, y se les conservará la nota del ejercicio. La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en que se hubiera conservado la nota sean análogos.
Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las pruebas selectivas. No obstante, si las personas aspirantes optan por realizar el ejercicio, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria anterior.
Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución por escrito de uno o varios supuestos teórico-prácticos que el Tribunal determine, durante un periodo máximo de dos horas, y que estará relacionado con el temario y/o funciones asignadas a las plazas objeto de esta convocatoria. La normativa aplicable a la resolución del ejercicio será la vigente al tiempo de realización del mismo. Esta prueba se valorará de 0 a 10 puntos, quedando excluidos los candidatos que no tengan la puntuación mínima de 5 puntos.
Este ejercicio, a elección del Tribunal, podrá ser leído por los candidatos en sesión pública. La no comparecencia de la/del aspirante se entenderá como renuncia de la convocatoria, determinando por lo tanto la eliminación de la misma. Concluida la lectura, el Tribunal podrá dialogar con los aspirantes sobre materias objeto del mismo y pedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias.
En este ejercicio que será corregido directamente por el Tribunal, se valorará la capacidad de análisis, la claridad de ideas, la expresión escrita, y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados. El orden de llamamiento será alfabético, conforme se establece en estas bases.
Para el desarrollo de esta prueba, y a criterio del Tribunal, el/la aspirante podrá hacer uso de textos legales no comentados en soporte papel de que vengan provistos.
¿ Habrá bolsa de empleo?
Sí, según se recoge en sus bases: "No obstante lo anterior, con el resto de aspirantes, que no han obtenido plaza, ordenados según la calificación definitiva elaborada por el Tribunal Calificador, se formará una bolsa de trabajo para futuros nombramientos o contrataciones temporales, agotada esta, se podrá acudir a la ya existente creada por Resolución de la Concejal delegada del Área de Bienestar Social, Educación, Infraestructuras Públicas, Turismo y Recursos Humanos nº 679/2024, de fecha 26 de marzo".